jueves, 14 de enero de 2010

Dia clave contra la corrupcion, vista de causa del ex alcalde de Ilo en la Corte Suprema.


Aqui la nota que publica un medio de prensa local de Ilo, sobre la vista de causa del ex alcalde Ing. Jorge Mendoza Perez en la 1º Sala Penal de la Corte Suprema.

1 comentario:

  1. La comision de los ilicitos penales (usurpacion de funciones y avocamiento indebido de proceso judicial en tramite) cometidos por Jorge Alfredo Mendoza Perez, estan plenamente acreditados, por eso es senteciado por el juzgado liquidador de Ilo y por eso la sentencia es ratificada por la Sala Superior Mixta Descentralizada de La Corte Superior de Justicia de Moquegua. A pesar de la oposicion de sus propios gerentes y funcionarios, abusando de su cargo de alcalde, emitiendo sendos memorandums y oficios (lo que esta acreditado en el proceso judicial)sin estar facultado (el encargado era el gerente de servicios municipales) para ello expidio un certificado (licencia) a favor de la empresa de transportes Flores SRL el 15 de julio del año 2005; Sin embargo el como alcalde que era, "defendiendo los intereses de la municipalidad provincial ileña" gana un juicio que ordenaba la nulidad de una resolucion emitida por la entonces CTAR (la resolucion autorizaba el funcionamiento de la empresa de transportes Flores Hnos SRL) la sentencia que gana el ayuntamiento municipal se emite en noviembre del 2005. Es mas el sentenciado Mendoza Perez, exonera de requisitos señalados en ley para la emision de dicha licencia, entre ellos la respectiva licencia de zonificacion o compatibilidad de uso. El entonces alcalde le brindo los elementos necesarios a dicha empresa para evitar que el ayuntamiento municipal clausure mediante el ejecutor coactivo el local que funciona ilegalmente en las esquinas de las calles Matara e Ilo.
    El alcalde en su absurda defensa señala que desconocia de dicho proceso judicial. Al conocer el resultado favorable del juicio, en su desesperacion tratando de ocultar su actuar ilicito, anula la licencia otorgada ilegalmente
    el daño causado a la provincia de ilo es irreparable.

    Carlos Alfredo Cardenas Borja
    Registro del Ilustre Colegio de abogados de Lima Nº24262
    1-323-7931 / 1-999-259375
    www.carloscardenasborja.blogspot.com

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