viernes, 11 de noviembre de 2016

Millonaria multa para minera Southern por violar normas ambientales

Millonaria multa para minera Southern por violar normas ambientales.-Diario La República.-Edición Impresa del 11 de Noviembre de 2016.-Elmer Mamani.-Tribunal de Fiscalización Ambiental de la OEFA ratificó sanciones por incumplir normas ambientales en sus minas de Cuajone, Toquepala y la Fundición y Refinería de Ilo. Cuestionan manejo de concentrados, polvo y contaminación en mar.
Fundición de Ilo. La OEFA hizo una inspección y determino que 
el 
agua de mar utilizada para las operaciones mineras superaba 
los 
límites permisibles
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ratificó sanciones a Southern Perú por violar normas ambientales en sus minas en Moquegua y Tacna y fundición en Ilo. Cuajone (Moquegua), Toquepala (Tacna) y la Fundición y Refinería de Ilo fueron visitadas en 2011 y 2012 por la Dirección de Supervisión de la OEFA. En estas unidades operativas se concentra la mayor producción del mineral que extrae y procesa la transnacional. Se comprobó el incumplimiento de las obligaciones ambientales" en sus actividades. Por ello, la Sala Especializada en Minería del Tribunal de Fiscalización Ambiental de la OEFA refrendó el castigo económico a la minera con hasta 21,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) que equivalen a cerca de 82 millones de soles, consignadas en tres resoluciones.
“MUY GRAVE”. Lo que pasó en Cuajone fue considerado por la OEFA como muy grave. De esta mina se extrae cobre y molibdeno a tajo abierto. Entre el 6 y 8 de diciembre del 2012, la Dirección de Supervisión de la entidad ambiental, acudió a Cuajone y detectó tres conductas infractoras. En su planta concentradora, se halló que el mineral estaba desperdigado en los rieles de la vía férrea y en las paredes laterales de los vagones. Para la OEFA, el concentrado puede dispersarse por la acción de viento e impactar zonas aledañas. Southern alegó que el suelo estaba protegido, pero no lo demostró y que no se comprobó el exceso de los límites máximos permisibles (LMP) en el ambiente y algún impacto. Para la OEFA, no es necesario evidenciar una afectación para señalar que no se tomaron medidas preventivas. Su depósito temporal de residuos industriales y peligrosos también fue observado. Las baterías y otros contaminantes se encontraban encima de parihuelas que no iban a evitar un posible derrame o infiltración al suelo. Además, no tenían contención ni barreras. La zona debía estar cubierta de arcilla y los residuos en recipientes aislados como señala la ley. Para Southern, el suelo del área sí estaba protegido con calicato, pero no pudo acreditarlo. Por último, la cancha de lixiviación donde separan la roca del cobre estaba sin barrera de protección que impida el paso de animales silvestres. Por las tres faltas, se multó a Southern con cerca de 81 millones de soles (21,100 UIT), según consta en la Resolución N.° 005 - 2016 de febrero de este año del Tribunal de la OEFA.
POLVOS EN TOQUEPALA. Un año antes, la OEFA visitó la mina de Toquepala. El 8 de octubre del 2011, la OEFA inició la supervisión. Encontró que se generaban polvos en dos puntos de su centro de operaciones. Uno de ellos en los chutes de la faja que transporta el mineral desde el tajo abierto hacia la cancha de lixiviados. Los chutes son canales con paredes donde se conduce la piedra con cobre. Las otras zonas observadas fueron las descargas del mineral a la tolva de la chancadora primaria, donde se muele la roca; y de las fajas (2A y 2B) en la pila de intermedios. La OEFA indicó que la dispersión del material particulado puede causar efectos adversos al ambiente, tal es el caso de la calidad de suelo y agua. “Si tiene contacto con el agua y la atmósfera húmeda es potencial generador de aguas ácidas”, advirtió. La firma mexicana contestó que la zona donde se detectó la presencia de polvo es una zona industrial y que el material que se dispersó vuelve a asentarse en el terreno. En otro punto de sus descargos sostiene que “un área industrial no puede compararse con una zona poblacional”. Southern también arguyó que aparte de los rociadores instalaron aspersores de alta eficiencia con el propósito de mitigación. Para OEFA, estas medidas no resultaron eficientes durante la inspección. Con la Resolución N.° 003 - 2016, el Tribunal ratificó las multas del 2015 que suman 100 UIT.
EL AGUA EN LA REFINERÍA. A la Fundición y Refinería de Ilo llegan los minerales concentrados de Cuajone y Toquepala para que sean fundidos y convertidos en ánodos de cobre. La OEFA le imputó a esta planta que el agua de mar que usaban para el enfriamiento de su Planta de Ánodos y de Ácidos Sulfúricos era devuelta, excediendo los límites máximos permisibles (LMP) de los Sólidos Totales en Suspensión (parámetro STS) cuando son devueltas al océano. La entidad fiscalizadora tomó muestras en un punto de descarga (FU-i-7) en octubre del 2011. Luego de analizarlas comprobó que superaban lo dispuesto por las normas ambientales, triplicándolo. El máximo permitido era 50 miligramos por litro (mg/l), pero resultó que había sólidos hasta por 152 mg/l. Southern cuestionó los resultados alegando que el agua no sufre ninguna alteración química, más que el incremento de su temperatura. Además, acusó que se violó la cadena de custodia al no realizar ninguna observación a la turbidez de la muestra tomada. Tampoco dio crédito al laboratorio que analizó el agua. Según la lógica de la empresa, a menor turbidez, menor presencia de sólidos. Para OEFA, los resultados son confiables. En otra inspección de ese mismo mes se halló concentrados de cobre en los pisos de distintas áreas de la Fundición. Con ello se vulneró las normas ambientales. La minera respondió que el suelo estaba protegido por lozas de concreto y que no se demostró que hubo algún daño al medio ambiente y que la OEFA no tenía competencia para esta supervisión. Sin embargo, para entidad sancionadora no se adoptó las medidas preventivas. Por ambos casos, la transnacional tendrá que pagar cerca de 385 mil soles que equivalen a los 100 UIT que le impuso la OEFA. Con estas sanciones en sus minas y su Fundición la única vía que le queda a la minera de rebatirlas es la judicial.

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