Legislación peruana no contempla la revisión de los EIA ante la Unops.-Diario La Prensa de Islay .-Miércoles 12 de Noviembre del 2014.- La abogada Ada Alegre Chang, quien expuso recientemente sobre “¿Es frágil la legislación y fiscalización ambiental en la industria extractiva peruana?”, advirtió que el Estado podría ser denunciando internacionalmente si decide anular un EIA aprobado.
Abog. Ada Alegre Chang |
DEMANDA INTERNACIONAL: La abogada quien expuso recientemente sobre “¿Es frágil la legislación y fiscalización ambiental en la industria extractiva peruana?”, advirtió que el Estado podría ser denunciando internacionalmente si decide anular un EIA aprobado.
¿Estudio de Impacto Ambiental puede ser revisado por UNOPS o no? |
La especialista refirió que la empresa afectada podría plantear un arbitraje en los fueros internacionales de promoción de la inversión privada, asegurando que el Estado no respeta la seguridad jurídica. Anotó que todo el trámite y la aprobación, demanda una inversión de varios miles o millones de soles.
MONITOREO PARTICIPATIVO: Explicó que desde el 2008, todos los proyectos mineros deben tener mecanismos de monitoreo participativo de participación ciudadana para hacer seguimiento del desarrollo de las operaciones. Subrayó que el monitoreo es una labor técnica que está a cargo de especialistas o personas que son capacitadas para cumplir esta función, por su parte la comunidad complementa el trabajo de veeduría para que las normas ambientales se respeten. “Toda la información que se genere en los procesos de monitoreo o gestión ambiental es de carácter público, cualquier persona derecho a la vigilancia ciudadana”, comentó la especialista. De otro lado, también se pronunció sobre la intangibilidad que se plantea para evitar las actividades extractivas en el Valle de Tambo. “Ninguna intangibilidad se puede establecer como una herramienta para bloquear un proyecto de inversión, estos procedimientos siempre tienen que ver con un interés público o de protección del patrimonio arqueológico. Tiene que tener un fundamento técnico y legalmente preestablecido, no por capricho”.
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