Abogado Julio Arbizu, Procurador Anticorrupción |
"Julio César Arbizu González es miembro de nuestra orden, incorporado el 18
de julio del 2003, con registro CAC N°5489, y se encuentra inhábil para el
ejercicio de la profesión", se indica en una constancia expedida por el referido
gremio el viernes último. De acuerdo con la Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, para ser
procurador público se deben cumplir determinados requisitos, entre los cuales se
encuentra "estar colegiado y habilitado para el ejercicio profesional". En diálogo telefónico con Correo, ayer el CAC confirmó la irregular
situación gremial del procurador Arbizu.
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