Legislador Javier Diez Canseco. Foto: ANDINA/Archivo. |
Por ello, señaló, el Parlamento debe acatar, “sin dilaciones”, el fallo emitido por el Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior, que declara nula la suspensión de 90 días de legislatura impuesta a Diez Canseco –quien sufre actualmente una grave enfermedad–, por presentar un proyecto de ley que supuestamente beneficiaría a su familia. “La sentencia es de ejecución inmediata, de acuerdo con el artículo 22 del Código Procesal Constitucional. A pesar de las apelaciones presentadas, eso no entorpece la ejecución de la sentencia. Lo único que debe hacer el presidente del Congreso es emitir una resolución allanándose al fallo”, declaró a la Agencia Andina. Precisó que la resolución judicial restituye las facultades parlamentarias de Diez Canseco, quien, desde este momento, podría ejercer las funciones plenas correspondientes a su cargo. El magistrado explicó que cuando el extinto presidente Valentín Paniagua acató en el 2001 el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ordenaba la restitución de tres magistrados del TC, se abrió “una nueva etapa de control constitucional en el país”. Desde esa perspectiva, agregó, el debido proceso no sólo debe garantizarse en sede jurisdiccional, sino administrativa y política, y en ese aspecto alcanza a las decisiones del Congreso. Sin embargo, la decisión judicial a favor de Diez Canseco ha sido duramente cuestionada por legisladores del grupo fujimorista y el aprista, para quienes esta sentencia es prevaricadora y la equipararon con un polémico fallo que restituye el comercio mayorista en La Parada. “Es importante que el Congreso entienda que vivimos un régimen donde prima la Constitución, que elimina cualquier forma de arbitrariedad”, subrayó al respecto Mesías. El también expresidente del TC pidió prudencia a los parlamentarios y que comprendan que el poder político también está sometido al control jurisdiccional. “En democracia se debe garantizar el debido proceso, no se puede juzgar ni sancionar a una persona por hechos que previamente no han quedado establecidos por la ley”, puntualizó.
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