Mostrando entradas con la etiqueta infracción. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta infracción. Mostrar todas las entradas

martes, 16 de febrero de 2016

¿Acuña puede ser excluido de la carrera electoral por regalar dinero? Analizan la nueva denuncia contra Acuña.-ONPE sobre César Acuña: "No dudaremos en aplicar la ley". Multa seria 100 UIT a APP si es que se confirma que se infringió la ley.

¿Acuña puede ser excluido de la carrera electoral por regalar dinero? Analizan la nueva denuncia contra Acuña.-ONPE sobre César Acuña: "No dudaremos en aplicar la ley". Multa seria 100 UIT a APP si es que se confirma que se infringió la ley. Estas dos noticias publica el diario La Prensa Regional de Moquegua en su página 4 de la edición del martes 16 de febrero.

viernes, 1 de enero de 2016

JEE de Lima evalúa a César Acuña, Alan García, José Luna y ‘Nano’ Guerra


JEE de Lima evalúa a César Acuña, Alan García, José Luna y ‘Nano’ Guerra.-Diario La República.-Edición Impresa del 01 de Enero de 2016.-Ley. Según autoridad electoral por usar recursos universitarios en sus campañas. Al candidato presidencial de Solidaridad Nacional, por difundir 'spot ofensivo'.
Balance. Los directores nacionales del JNE dieron cuenta de las
infracciones a la ley electoral cometidas el 2015.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a través de sus directores nacionales, señaló que César Acuña, Alan García, José Luna y Hernando Guerra habrían infringido la ley electoral durante sus campañas. El director nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, Alberto Kuroiwa Bermejo, señaló que en el caso de Acuña, García y Luna "se ha presentado el informe correspondiente" por mal uso de recursos universitarios. En el caso del líder de Alianza Para el Progreso (APP), se le imputa colocar su rostro en los paneles publicitarios de la Universidad César Vallejo (UCV). En tanto, el ex presidente García es acusado por realizar una "reunión de trabajo" el pasado sábado 26 de diciembre, con la dirección nacional del Partido Aprista Peruano (PAP) en su oficina de la Universidad de San Martín de Porres (USMP). En el caso del congresista Luna –aspirante a la primera vicepresidencia con Solidaridad Nacional– se le acusa, de igual manera, de usar los recursos de su Universidad Telesup, al colocar su rostro en los paneles de dicho centro de estudios. Cabe precisar que a diferencia de García y Luna (que todavía están en primera instancia), el proceso de Acuña se realiza desde los primeros días de diciembre.
Caso 'Nano' Guerra
Por otro lado, otro candidato presidencial al que se le abrió un informe –aún en primera instancia– es a Hernando Guerra García, perteneciente a la alianza electoral Solidaridad Nacional - UPP. Kuroiwa explicó que en el caso de 'Nano', este habría vulnerado los principios de la ley electoral al difundir una propaganda ofensiva. "Hoy (ayer) en la mañana, ingresó un informe al Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 contra Guerra García por publicidad indebida", expresó. Como se sabe, en el reciente spot de Guerra se muestran imágenes de Keiko Fujimori, Alejandro Toledo, Pedro Pablo Kuczynski, César Acuña y Alan García cuestionando su valor antes de mandarlos al carajo.
Inscripción de Partidos. Por otro lado, el director del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), Fernando Rodríguez Patrón informó que las agrupaciones políticas Perú Nación y Perú Libertario ya finalizaron su proceso de inscripción, y solo falta que se publique su resolución en el diario El Peruano para hacerlo oficial. En el caso particular del Frente de Unidad y Defensa del Pueblo Peruano (FUDEPP), Rodríguez manifestó que hace una semana iniciaron el proceso de inscripción. Sin embargo, anunció que esta inscripción no se daría para la presente campaña electoral, ya que el proceso demora y hay agrupaciones que vienen realizándolo desde el 2011 y aún sin éxito.
Denuncian spot de Apra-PPC. Usar los recursos de la Universidad de San Martín de Porres (USMP) no es la única acusación a Alan García. Ayer llegó a mesa de parte del JEE una denuncia de la ciudadana Kattya Estéfany Mundo Flores –militante de Alianza Para el Progreso, según Infogob– por la difusión de un spot de televisión. Como se sabe, no se puede difundir propaganda política 60 días antes del proceso electoral y dos días antes del mismo. La misiva también recae en Lourdes Flores ya que esta aparece en el spot.

sábado, 16 de marzo de 2013

Osiptel sanciona a Telefónica con 83 UIT por infracción grave en prestación de servicios. Adicionalmente la sancionó con 21 UIT por infracción leve

Osiptel sanciona a Telefónica con 83 UIT por infracción grave en prestación de servicios. Adicionalmente la sancionó con 21 UIT por infracción leve.-Agencia ANDINA.-Lima, mar. 16.-13:51.- El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) informó hoy que ha sancionado a Telefónica del Perú con 83 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por infracción grave en la prestación de servicios de telecomunicaciones.
 ANDINA/Pedro Tinoco
A través de la Resolución de Gerencia General 696-2012-GG/Osiptel publicada en las normas legales de El Peruano se procedió a sancionar a la empresa española. La resolución menciona que la infracción grave está tipificada en el artículo 43 (literal ii) del Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolución 060-2000 y sus modificaciones. Así, constituyen infracciones graves los incumplimientos de cualquiera de las obligaciones contenidas en los artículos 11°, 12°, 16° y 26° del reglamento, relacionadas a la obligación de comunicar tarifas a Osiptel y ponerlas a disposición pública y de remitir información a cada abonado sobre el incremento de tarifas o rentas fijas periódicas. En el artículo 43 (literal ii) del Reglamento General de Tarifas se sostiene a la letra que la empresa operadora que aplique tarifas mayores a las informadas o puestas a disposición pública, conforme a los artículos 11°, 12º y 16º, incurrirá en infracción grave. La empresa operadora que aplique tarifas mayores a las tarifas tope fijadas por Osiptel o, en su caso, mayores a las tarifas que sustentan las resoluciones de ajustes que fijan tarifas tope por canastas de servicios, igualmente incurrirá en infracción grave. En el caso de nuevos servicios o de modificación de los existentes, la empresa que aplique tarifas no autorizadas por Osiptel, si correspondiera, o superiores a las legalmente permitidas, incurrirá también en infracción grave. Osiptel también sancionó a Telefónica del Perú con 21 UIT (cada UIT tiene un valor de 3,700 soles) por una infracción leve en la prestación de servicios de telecomunicaciones. Constituyen infracciones leves los incumplimientos, por parte de la empresa operadora, de cualquiera de las obligaciones contenidas en los artículos 5º, 15º, 19º, 20º, 21º, 22º, 24º, 27° y 42º del Reglamento General de Tarifas. Estos artículos están relacionados a la aplicación de tarifas, planes tarifarios, así como las ofertas, descuentos y promociones en general, sujetos a principios de igualdad de acceso y de no discriminación. Asimismo, a la obligatoriedad, según ciertos requisitos, de comunicar a Osiptel y poner a disposición pública la información sobre tarifas, Además, al hecho de que la medición, tasación y facturación, según corresponda, deberán efectuarse de manera fidedigna. Para tal fin, se contempla que la facturación, que realicen las empresas operadoras a sus abonados por la contratación del acceso o utilización de los servicios prestados efectivamente, se realizará conforme a las tarifas vigentes, desagregando el adeudo total en los conceptos originados por cada uno de los servicios utilizados.