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miércoles, 22 de abril de 2015

Southern será fiscalizada en plena operación para que cumpla normas ambientales

Southern será fiscalizada en plena operación para que cumpla normas ambientales.-Diario La República.-Miércoles, 22 de abril de 2015.-4:30 am.-Jonathan Bárcena Carpio.-Arequipa.-Control. Ministro del Ambiente sostiene que el Estudio de Impacto Ambiental debe ser permanentemente actualizado. Pulgar Vidal pide a alcaldes y dirigentes dejar de lado posiciones intransigentes y se abra la puerta al diálogo.
El valle de Tambo hoy cumple un mes de huelga indefinida en rechazo al proyecto minero Tía María de la empresa Southern. La protesta ha paralizado las actividades agrícolas, comerciales, educativas y sociales de los distritos de Cocachacra, Deán Valdivia y Punta de Bombón. Los manifestantes han puesto como única condición para levantar su huelga y abrir el diálogo el retiro de Southern del Valle de Tambo. Ante esta situación, el Ejecutivo busca otros mecanismos para insistir que la explotación de dos tajos de cobre en este valle no provocarán contaminación. Por ello, la noche del pasado lunes, llegó a Arequipa el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, para explicar en diferentes medios de comunicación el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de Tía María. El ministro refirió que con la aprobación de éste, en agosto del 2014, no termina el proceso de control al proyecto. Refirió que ahora Southern debe presentar una serie de planes para mitigar el riesgo de las operaciones de explotación. "Ante cualquier duda del EIA, hay instrumentos complementarios que permiten mejorar el manejo de una operación minera, como es el caso del proyecto Tía María", dijo el ministro. Uno de los documentos que debe presentar la mina, a decir del ministro, es el Plan de Cierre de Mina, el cual debe establecer un conjunto de medidas para que al término de las operaciones la mina esté bien sellada y no genere ningún pasivo ambiental. "Este plan se debe entregar al gobierno para que se otorgue el permiso antes del inicio de la operación y extracción del metal. Southern todavía tiene que hacer su plan de cierre de mina", aclara el ministro. Según Pulgar Vidal, lo positivo de este plan de cierre es que tiene la obligación de garantizar financieramente las actividades y obligaciones al cierre final y el post cierre. En segundo término está la actualización del plan de manejo de las operaciones -parte central del EIA- que se debe de hacer al quinto año de la vigencia del estudio. "Esta obligación se instauró de acuerdo al reglamento ambiental minero que se sacó en noviembre del 2014".
fiscalización. Como tercer punto está la fiscalización del cumplimiento de las normas ambientales que las determina el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). "Este organismo no solo fiscaliza sino también supervisa y aplica sanciones, y a su vez puede establecer medidas complementarias, que inclusive no están consideradas en el EIA. Eso dependerá de la verificación que se haga y se determine que estas medidas complementarias son requeridas", explicó Pulgar Vidal. El ministro agregó que de acuerdo a estas exigencias el EIA no es un instrumento que sea estático, con el cual no se puedan establecer medidas de manejo complementario. "No es algo excluyente o inmóvil, sino más bien de instrumentos dinámicos a través de los cuales el Estado exige con claridad que se cumplan las regulaciones ambientales". Negó que haya parcialidad con la minera y explicó que de acuerdo a las funciones de OEFA están enfrentados con el sector minero privado, pues estos últimos consideran que este organismo sobredimensiona las supervisiones y aplica muchas sanciones.
Más información. Pulgar Vidal aseguró que el gobierno trabaja en dotar de mayor información, abrir puertas de diálogo y generar desarrollo en la región. "El proyecto es de largo aliento, nosotros lo recibimos del gobierno pasado y por un tiempo estuvo dormido hasta que Southern presentó su nuevo EIA con la absolución de las 138 observaciones. Esperamos que se superen los imprevistos para el desarrollo de Arequipa", dijo. “El gobierno lo único que hace es decir que aquí entra la mina, entonces debe haber un entendimiento de ambas partes y dejarnos de posiciones radicales.”
Richard Ale Cruz. 
Alcalde de la provincia de Islay. “Siempre hubo un abuso del gobierno y la provincia de Islay fue vista como el entenado de Arequipa. La única solución es que la mina se vaya del valle.” Jaime De la Cruz Gallegos. Alcalde distrital Deán Valdivia

martes, 7 de abril de 2015

OEFA: MIneras buscan desaparecer un organismo que les es incomodo. Gracias al aporte por regulación la OEFA puede fiscalizar al 100% de sus administrados.

OEFA: MIneras buscan desaparecer un organismo que les es incomodo. Gracias al aporte por regulación la OEFA puede fiscalizar al 100% de sus administrados. Publica el diario La Prensa Regional de Moquegua en su página 4 de la edición del martes 07 de abril. 

jueves, 19 de marzo de 2015

Fiscalización ambiental a mineras podría debilitarse por un… ¿cobro excesivo o necesario?

Fiscalización ambiental a mineras podría debilitarse por un… ¿cobro excesivo o necesario?.-Diario Gestión.-Jueves, 19 de marzo del 2015.-07:00.-Milagros Sánchez Vargas.-La directora de Supervisión del OEFA, Delia Morales, defiende el propósito del Aporte por Regulación; sin embargo, José Miguel Morales, miembro del Consejo Consultivo de la SNMPE, lo considera un cobro excesivo.
La directora de Supervisión del OEFA, Delia Morales, recordó que la
fiscalización se da por unidades productivas.
Contrapunto de opiniones y acciones ha suscitado un Aporte por Regulación (APR) en empresas mineras al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), ya que esas firmas se niegan a aceptar dicho cobro. Delia Morales, directora de Supervisión del OEFA , dijo que ello podría significar un riesgo de debilidad en la fiscalización ambiental al sector minero. La empresa Sociedad Minera Corona alega que dicho cobro es ilegal porque se ha creado un nuevo tributo, y representa una barrera burocrática. Ante ello, Morales recordó que ese cargo fue creado en el año 2000 por la ley 27332. Luego, se extendió hacia el 2007 al sector minero, cuando en ese entonces Osinergmin fiscalizaba el sector. Recién en julio del 2010, el Osinergmin le transfirió las competencias de fiscalización ambiental al OEFA, y a fines del 2012 e inicios del 2013, la ley 29951 estableció que las funciones de fiscalización ambiental serían financiadas con cargo al aporte al OEFA, es decir, no se está creando un nuevo tributo, sentenció Morales. De esa manera, -agregó- en el 2013 se fijó una alícuota del 0.15%, que se ha mantenido hasta la fecha. Las bases legales certifican que el OEFA está en condiciones de financiar la fiscalización con dicho cargo (APR), pero lo que se cuestiona es la manera en que se cobra, afirmó José Miguel Morales, miembro del Consejo Consultivo de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía ( SNMPE). Según Morales, el OEFA ha impuesto una tasa que no va acorde con las operaciones que realiza. “El fondo del asunto es que se está pretendiendo cobrar cantidades confiscatorias. No hay relación entre el servicio y el pago que se realiza”, acotó Morales. El aporte o impuesto ha generado en el 2014 un total de S/. 109 millones 605 mil 747. De ese total, S/. 17 millones 686 mil 593 son de empresas de electricidad, S/. 33 millones 019 mil 733 son de hidrocarburos y S/. 58 millones 899 mil 418 provienen de empresas mineras, refirió Morales. “Suena poquito, pero la tasa del 0.15% involucra las ventas brutas de las empresas mineras”, resaltó. Así también en los dos primeros meses del 2015 se han recaudado más de S/. 20 millones, según Morales. En ese contexto, recomendó que el OEFA ejecute sus fiscalizaciones a través del TUPA, es decir, cada cobro debería estar acorde a la actividad que se va a realizar. Cobro excesivo o necesario, la directora de Supervisión delOEFA recordó que la fiscalización se da por unidades productivas. Por ejemplo, Sociedad Minera Corona tiene dos unidades, una en Cajamarca y otra en Lima. Existen 151 empresas obligadas del sector minero a realizar dicho aporte, afirmó. “La fiscalización ambiental es más que revisar unidades de producción, es hacer estudios sistemáticos de calidad ambiental en zonas aledañas, es decir, se analiza el impacto de las actividades mineras, de manera progresiva y sistemática”, agregó la directora. Así, precisó que el OEFA preveía cinco planes de evaluación ambiental y monitoreo en áreas de influencia para ver las condiciones de la zona en cuanto a la calidad de agua, ríos, y lagunas. “Habíamos previsto ocho monitoreos programados, sin contar con los 19 en evaluación, además de 730 supervisiones directas”, agregó. ¿Qué pasará con estas supervisiones de concretarse un fallo a favor de la Sociedad Minera Corona? Se pregunta Morales, ya que esa decisión podría influir en las acciones de las demás empresas. Recordemos que hasta la fecha, además de Sociedad Minera Corona, tres empresas han presentado su rechazo al pago del aporte, entre ellas: Compañía Minera Villaycocha, Pampa de Cobre y Minera Caudalosa. “Estamos en 32 meses de diálogo vinculados a las competencias mineras, y ello está en riesgo, confiamos en que mañana Indecopi analice el caso con suma cautela, ya que dicho cobro contribuye al 80% de los recursos con queOEFA había programado sus actividades este año”, reveló.

viernes, 26 de diciembre de 2014

Entidades públicas podrán aprobar planes de fiscalización ambiental hasta enero

Entidades públicas podrán aprobar planes de fiscalización ambiental hasta enero.-Diario Gestión.-Viernes, 26 de diciembre del 2014.-13:52.-Las entidades de fiscalización ambiental (EFA) debían aprobar dicho instrumento durante los primeros 15 días del mes de diciembre del año previo a su ejecución, recordó el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
La OEFA amplió hasta el 30 de enero del 2105 el plazo para que las EFA de ámbito nacional, regional y local aprueben su Plan Anual de Evaluación Fiscalización Ambiental (Planefa) correspondiente al año 2015. Las EFA debían aprobar dicho instrumento durante los primeros 15 días del mes de diciembre del año previo a su ejecución. Sin embargo, el plazo se ha ampliado al 30 de enero del 2015 a fin de que las nuevas autoridades regionales y municipales electas puedan tomar conocimiento del proceso de formulación de su respectivo Planefa, de acuerdo a la resolución de Consejo Directivo N° 044-2014-OEFA/CD, publicada el 25 de diciembre. El Planefa es un instrumento de planificación a través del cual cada entidad pública con funciones en materia ambiental programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo, que serán efectuadas durante el año calendario correspondiente. Ello a fin de ordenar y orientar el desempeño técnico y programado de las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción de la entidad. De esta manera, bajo el nuevo enfoque de la fiscalización ambiental —que promueve las asistencias técnicas y capacitaciones a nivel nacional—, el OEFA ha considerado necesario ampliar el plazo de aprobación del Planefa correspondiente al año 2015 para lograr un cumplimiento óptimo de la normativa ambiental y proteger así el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano.

martes, 22 de julio de 2014

SNMPE: Estándares ambientales deben basarse en un análisis técnico que garantice su aplicación

SNMPE: Estándares ambientales deben basarse en un análisis técnico que garantice su aplicación.-Diario Gestión.-Martes, 22 de julio del 2014.-16:30.-La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía enfatizó la importancia de contar con estándares de calidad ambiental idóneos y aplicables a la realidad peruana.
La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) recalcó la importancia de velar porque los parámetros y valores que se establezcan para cada uno de los instrumentos de gestión ambiental se basen en un análisis técnico que garantiza la viabilidad de su aplicación en el país. En un comunicado oficial, el gremio señaló que en los Estándares de Calidad Ambiental (ECA), instrumentos que miden los niveles de concentraciones de sustancias en el ambiente (agua, aire, suelo, ruidos y radiaciones ionizantes), se han establecido valores para diferentes parámetros, como el caso del ECA del aire con el dióxido de azufre. En este instrumento ambiental, el valor promedio diario vigente para el Perú hoy es de 20 μg/m3 de aire, el más estricto del mundo, mientras que en la Unión Europea es de 125 μg/m3, en Australia de 210 μg/m3 y en Chile de 250 μg/m3. El grupo sostiene que, para la fiscalización ambiental, es necesario no solo tomar en cuenta las condiciones ambientales locales, las características de las actividades productivas y el acceso a la tecnología sino “un análisis comparativo con medidas similares adoptadas en otros países, de modo que no se afecte la competitividad del Perú y sus perspectivas de crecimiento”.

viernes, 22 de noviembre de 2013

Titular de la OEFA aclara: Gobiernos regionales son responsables de fiscalizar la pequeña minería.

Titular de la OEFA aclara: Gobiernos regionales son responsables de fiscalizar la pequeña minería. Publica el diario La Prensa de Moquegua en su página 11 de la edición del viernes 22 de noviembre.

martes, 24 de septiembre de 2013

Gobiernos Regionales y Municipalidades son parte de evaluación y fiscalización ambiental

Gobiernos Regionales y Municipalidades son parte de evaluación y fiscalización ambiental.-Radio Tacna.-24 Set. 2013.-12:30 a.m.-Los gobiernos regionales y locales forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA), con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental y ejercer sus competencias con independencia funcional del OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental), sostuvo el especialista de dicha dependencia, Zenón Pacoricona Sanga, durante el taller desarrollado en la provincia de Tarata por el proyecto “Monitoreo e Información Ambiental” del Gobierno Regional de Tacna. Durante el taller desarrollado ayer en la provincia de Tarata, se hizo bastante referencia a la participación ciudadana en el tema de fiscalización ambiental, ya que poseen la libertad para formular denuncias ante los órganos competentes como gobiernos regionales, municipalidades y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, cuando se vulnera la preservación del ambiente.

viernes, 26 de abril de 2013

Poder Ejecutivo oficializa ley que eleva multas ambientales y fortalece fiscalización.

Poder Ejecutivo oficializa ley que eleva multas ambientales y fortalece fiscalización .-Agencia ANDINA .-Lima, abr. 26.-09:37.- El Poder Ejecutivo oficializó hoy la ley que fortalece la fiscalización ambiental y eleva sustancialmente las multas para las infracciones en esta materia, estableciendo como tope máximo 30 mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en caso de una afectación a la naturaleza. De esta manera se eleva de 10 mil hasta 30 mil UIT el tope de multas, sanción que se impondrá a quienes ejercen la minería en condiciones de excepción.
ANDINA/Difusión
ANDINA/Difusión
La norma aprobada por el Congreso y publicada en el Diario Oficial El Peruano establece, además, mecanismos para fortalecer el sistema de supervisión del cuidado del medio ambiente en el país, a través del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Dicho organismo contará con un Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA) que ejerce funciones como última instancia administrativa y sus fallos son de cumplimiento obligatorio y constituye un precedente vinculante, establece la norma. Los vocales que la integran el tribunal (constituido por salas especializadas) desempeñarán el cargo a tiempo completo y a dedicación exclusiva y no pueden ser gestores de intereses propios o de terceros, ni ejercer actividad lucrativa. El tribunal deberá quedar constituido en un plazo de 180 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. La OEFA tendrá la facultad de emitir normas que regulen la fiscalización ambiental, además, de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de otras entidades dedicadas al cuidado medioambiental. Asimismo, de imponer sanciones administrativas por incumplimiento de obligaciones ambientales. La ley dispone el libre acceso al público de la información técnica y objetiva del resultado de la toma de muestras, análisis y monitoreos que se realizan en el ejercicio de sus funciones, en aras de la transparencia. Lo cual, agrega la norma, no constituye adelanto de juicio respecto de las competencias en materia de fiscalización ambiental que les son propias. Además, introduce mecanismos para la fiscalización ambiental efectiva (mandatos, medidas preventivas y papeletas ambientales), y se eliminan las trabas legales para el cobro efectivo de las multas ambientales. La ley fue refrendada por el presidente Ollanta Humala y el jefe del Gabinete ministerial, Juan Jiménez Mayor.