sábado, 2 de enero de 2016

Trabajadores podrán pedir reparación por daño moral

Trabajadores podrán pedir reparación por daño moral.-Diario Correo de Lima.-02 de Enero del 2016.-14:50.-Lima.- La indemnización tarifada fijada por la ley está prevista para todos aquellos daños ordinarios que se puedan presentar producto del despido arbitrario y no para los daños extraordinarios generados por la conducta maliciosa del empleador.
El trabajador podrá recurrir a la vía judicial para solicitar una indemnización por daño moral generado por la conducta maliciosa de su empleador. Este constituye el principal criterio jurisprudencial contenido en la sentencia dictada por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, que declara fundada la Casación Laboral N° 5423-2014 interpuesta en un proceso ordinario laboral de indemnización por daños y perjuicios. A criterio del supremo tribunal, existen determinadas circunstancias frente a las cuales el trabajador puede recurrir a la vía judicial solicitando una indemnización por daño moral, debido a que la indemnización tarifada fijada por la ley está prevista para todos aquellos daños ordinarios que se puedan presentar producto del despido arbitrario y no para los daños extraordinarios generados por la conducta maliciosa del empleador. Para el máximo colegiado, la conducta maliciosa del empleador es aquella que genera una afectación especialmente dañosa sobre la dignidad, el honor y la reputación del trabajador.
Demostración y prueba. De este modo, se instaura la posibilidad que el trabajador pueda pedir una indemnización por despido arbitrario o reposición, y además una indemnización por daño moral por el despido, siempre que el empleador hubiera cometido un acto antijurídico que haya dañado al trabajador, dijo el laboralista Germán Lora. Aquí, añadió, el trabajador debe demostrar el daño, porque el despido arbitrario o injustificado no siempre ocasiona daño moral. Por ello, lamentó que los jueces estén aceptando que un despido arbitrario o injustificado genera de por sí un daño moral, lo cual, a su juicio, es incorrecto.
Pautas. El máximo tribunal de la Corte Suprema de Justicia considera que el despido injustificado trae consigo daños a la persona que lo sufre, porque este deja de percibir remuneraciones y queda en el desamparo económico. Precisamente, remarca la sentencia en comentario, para evitar que el trabajador afectado por un despido arbitrario tenga que recurrir a la vía judicial para discutir sobre la existencia de daños y perjuicios en su contra, incluso el daño moral, la legislación establece una indemnización tarifada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario