Presidente de la Junta de Fiscales, Manuel Flores Chara. |
INCÓMODO: Correo-Tacna consultó sobre el presunto incidente al presidente de la Junta de Fiscales, Manuel Flores Chara. Este no desmintió el caso y solo se limitó a decir que al ser un tema personal no es de su injerencia. Un tanto incómodo por las preguntas, decidió hablar algo más y dijo que, en todo caso, es el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, quien debería encargarse del tema a través de la Oficina de Control Interno (OCI). Flores Chara, tratando de ponerse al margen, comentó que el incidente ocurrió fuera del horario de trabajo, pero no negó que se habría suscitado en el interior de la institución, en la que él es la autoridad.
INFRACCIÓN: En el Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno de Ministerio Público se considera como infracción sujeta a sanción disciplinaria la comisión de un hecho grave que, sin ser delito, compromete la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto público. Otra falta considerada en el reglamento es tener una conducta deshonrosa, ya sea en su actividad laboral o en su vida de relación social cuando la misma desprestigie la imagen del Ministerio Público.
SANCIONES: Las sanciones disciplinarias que podrán aplicarse, según el artículo 24, son una amonestación, multa, suspensión o destitución, según la naturaleza y gravedad de la infracción.
DATO: Hace poco más de un mes la Fiscalía de la Nación, bajo la jefatura de José Peláez Bardales, ordenó abrir investigación preparatoria con miras a realizar un proceso penal contra el fiscal Augusto Tamayo por presunto peculado de uso. La decisión se basó en la investigación preliminar que le hizo la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público a cargo del fiscal supremo Ramos Heredia.
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