“Monopolio en el sector aéreo está perjudicando a usuarios” . Presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor asevera que cualquier exceso en el Código de Consumo será corregido en el reglamento. El artículo 66.7 del Código de Consumo que establece el derecho de los usuarios a transferir libremente sus pasajes a favor de otro consumidor o postergarlo a otra fecha determinada, responde a una necesidad de proteger a los usuarios ante el monopolio existente en el sector aéreo, aseveró a EXPRESO el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República, José León Luna Gálvez. Según cifras de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) el 83% del mercado lo tiene LAN. Luna Gálvez, precisó que el transporte aéreo mueve cerca de 3.5 millones de personas y la concentración existente perjudica ya que existen algunas zonas en donde es la única vía de transporte de pasajeros como en Iquitos o en otras regiones de la selva. “Este artículo va dirigido a esta población, que se ve afectada cuando por motivos de fuerza mayor no puede viajar porque la empresa le dice que el derecho al cambio o al reembolso del pasaje solo se da cuando la tarifa lo permite, es decir cuando no es la más económica y sin embargo, la empresa sí tiene el derecho a cambiar las fechas, horarios, entre otros”, indicó. Destacó que cualquier exceso que se pueda presentar como el acaparamiento, la intermediación o la generación de un mercado negro, advertido por especialistas (Expreso 26 de agosto) será corregido en el reglamento. “Se está escuchando sólo la posición de las aerolíneas pero no las necesidades de los pobladores. Somos pro empresa, no somos estatistas y no buscamos dañar al sector privado, por tanto esta norma no tiene el objetivo de que se fomente los mercados negros y no vamos a permitir que eso ocurra”, indicó. Precisó, que en la reglamentación, se indicará claramente en qué circunstancias el usuario final, no un intermediario, debe ser beneficiado con el endoso o la transferencia de pasajes. Ante lo señalado por el ministro de Transportes, Enrique Cornejo, que arguyó que el endose no existía en ningún lugar del mundo y por lo tanto perjudicaría al sector, el parlamentario indicó que si bien el cambio de titularidad de pasajes no se da, tampoco existe en los demás países el monopolio de una aerolínea. “El código en sí no tiene rechazo ha sido aprobado por unanimidad, hay sólo algunos puntos cuestionables entre ellos el principal, el de las aerolíneas. Y ese reclamo que hacen estas empresas tiene nombre propio y responde sólo a intereses privados”, resaltó. De otro lado, en cuanto a lo señalado por especialistas de que la disposición establecida en el código sobre permitir a los usuarios acumular minutos o segundos no consumidos en telefonía fija y en tarjetas celulares, que antes se perdían, incrementaría los costos de estos servicios al tener los operadores que adecuarse a esta medida (Expreso 23 de agosto), Luna Gálvez refirió que esto no sería así ya que estas empresas cuentan ya con los sistemas adecuados y no habría que hacer adecuaciones. “Este es otro problema generado por la concentración ya que si hubiera más competidores en el mercado de telefonía estas dificultades de que los operadores se estaban adueñando de los minutos y segundos que le pertenecen a los consumidores no se daría”, afirmó.
El dato: El Ejecutivo promulgará el martes 1 de setiembre el Código de Consumo. La reglamentación no demorará más de 30 días salvo artículos específicos que podrían ser reglamentados en 6 meses. MIRTHA TRIGOSO.
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